De 12 a 22 días de vacaciones según antigüedad
Las vacaciones son un derecho irrenunciable del trabajador establecido en los Artículos 76 a 81 de la Ley Federal del Trabajo. Todo trabajador tiene derecho a disfrutar de días de vacaciones pagadas por cada año de servicio, y si no las disfrutó antes de la terminación de la relación laboral, el patrón debe pagarlas con la prima vacacional correspondiente.
La duración mínima de las vacaciones según la antigüedad es:
- 1 año de servicio: 12 días laborables
- 2 años: 14 días
- 3 años: 16 días
- 4 años: 18 días
- 5 a 9 años: 20 días
- 10 a 14 años: 22 días
- 15 a 19 años: 24 días
- 20 a 24 años: 26 días
- 25 a 29 años: 28 días
- 30 a 34 años: 30 días
- 35 a 39 años: 32 días
Además de los días de vacaciones, el trabajador tiene derecho a una prima vacacional del 25% sobre los salarios correspondientes a los días de vacaciones. Esta prima es obligatoria y no puede renunciarse.
Si el trabajador es despedido o renuncia sin haber disfrutado sus vacaciones correspondientes, el patrón debe pagar los días proporcionales del año en curso más los días pendientes de años anteriores, más la prima vacacional del 25%.
Es común que los patrones nieguen el pago de vacaciones no disfrutadas o calculen incorrectamente los días proporcionales. El trabajador debe revisar sus recibos de nómina y constancias de vacaciones para verificar si se le pagaron correctamente.
Nuestra calculadora te permite determinar cuántos días de vacaciones te corresponden según tu antigüedad y calcular el monto aproximado que deberías recibir.